Institución Gran Duque de Alba

Estatutos de la Institución
Gran Duque de Alba

Estatutos de la Institución Gran Duque de Alba

V. ÓRGANOS AUXILIARES

Artículo 20.- Coordinadores de Sección

1. Al frente de cada sección se nombrará un Coordinador, miembro de reconocido prestigio en el campo de la investigación, especializado en la materia objeto de la sección.

2. El Director propondrá al Presidente de la Diputación Provincial el nombramiento de los Coordinadores de Sección, preferiblemente entre los miembros de la sección correspondiente. Cesarán en el cargo en caso de revocación y en el momento del cese del Director que les propuso para el cargo.

Los Coordinadores de Sección representan en la Junta Técnica a los miembros de número y a los miembros colaboradores de su sección correspondiente.

3. Son funciones de los Coordinadores de Sección la coordinación e impulso de la sección correspondiente para la consecución de los fines de la Institución Gran Duque de Alba.

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